Micelio
Auto12 de marzo de 2013

A- de 2013

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Maria Edilma Murcia Endo·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Conserva competencia preferente para intervenir en cumplimiento de sus providencias
  • Jueces de la República son jerárquicamente inferiores por cuanto este Tribunal actúa como órgano límite o de cierre de la jurisdicción constitucional
  • Competencia exclusiva y excluyente para ejercer control abstracto de constitucionalidad y control concreto mediante revisión eventual de acciones de tutela
Accion De Tutela En Materia De Pago Oportuno Del Salario
  • Solicitud informe de gestión a juez de primera instancia y Fundación San Juan de Dios en Liquidación para cumplimiento de sentencia T-919/00
Cumplimiento Fallo De Tutela
  • Competencia del juez de primera instancia
Jurisdiccion Constitucional En Tutela
  • Integrada por todos los jueces de la República
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de cumplimiento de la sentencia T-919/00.

La peticionaria indica que ha interpuesto tres incidentes de desacato ante el juez de primera instancia para que se cumpla lo ordenado en la sentencia de la referencia, logrando solamente un peritaje que no ha sido pagado.

La Corporación considera necesario conocer en qué medida se han cumplido las órdenes impartidas mediante la sentencia T-919/00, para así poder determinar, con posterioridad, si avoca o no el cumplimiento de la misma.

Se decide oficiar al Juzgado Quince de Familia de Bogotá y a la Fundación San Juan de Dios en Liquidación, para que informen a la Sala las gestiones realizadas para dar cumplimiento a lo ordenado en la precitada sentencia, en lo relacionado con la señora María Edilma Murcia Endo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. OFICIAR al Juzgado 15 de Familia de Bogotá para que, en un término de diez (10) días hábiles, a partir de la notificación del presente auto, informe a este despacho qué gestiones ha realizado para dar cumplimiento a lo ordenado en Sentencia T-919 de 2000, en lo relacionado con la señora María Edilma Murcia Endo.
  2. SEGUNDO. OFICIAR a la Fundación San Juan de Dios en Liquidación (Calle 13 No. 9-63, Oficina 307, Bogotá) para que, en un término de diez (10) días hábiles, a partir de la notificación del presente auto, informe a este despacho qué gestiones ha realizado para dar cumplimiento a lo ordenado en la Sentencia T-919 de 2000, particularmente, en lo referido a la señora María Edilma Murcia Endo.
  3. TERCERO. ORDENAR copia del presente auto al peticionario de la solicitud de la referencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.